Se determinó el viernes pasado en Sesión del Concejo Deliberante, la información ante la requisitoria periodística fue enviada a este Portal, por el Vice Presidente 1ro del Cuerpo Carlos Farizano (H). "Que, conforme las publicaciones realizadas por el INDEC la inflación del mes de diciembre del 2023 rondó el 25%.." decía parte del Considerando de la ordenanza aprobada, que aumentará el sueldo al Intendente, Viceintendente, Secretarios, Directores, Coordinadores, personal planta permanente, contratados y las becas de los becarios de convenio del programa de ayuda social, inclusión e inserción laboral.

Que, dicha normativa establece que es atribución y deber del Concejo Deliberante, “…Fijar las remuneraciones del Intendente, del Viceintendente, de los demás secretarios y demás empleados de la administración municipal…” decía parte del Considerando.
ORDENANZA:
VISTO:
El Art. 49 Inc. 59 de la Carta Orgánica Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, dicha normativa establece que es atribución y deber del Concejo Deliberante, “…Fijar las remuneraciones del Intendente, del Viceintendente, de los demás secretarios y demás empleados de la administración municipal…”;
Que, dada la dificil situación economica del pais y el flagelo de la inflación, resulta necsesario proceder a la actualización de los haberes mencionados,
Que, conforme las publicaciones realizadas por el INDEC la infación del mes de diciembre del 2023 rondó el 25%,
Que, teniendo en cuenta que en el mes de diciembre se realizó la ultima actualización de haberes a todo el personal, pero con la finalidad de recomponer el salario respecto de la inflación mencionada, y con un gran esfuerzo del Municipio, es de estricta justicia la actualización de los haberes en ese mismo porcentaje, a abonarse en el presente mes de enero del 2024,
Que, en esa linea, también se debe acualizar en igual porcentaje las becas que reciben los becarios de convenio del programa de ayuda social, capacitación e inserción laboral,
POR TODO ELLO:
EL HONORALE CONCEJO DELIBERANTE DE SANTO TOME (CORRIENTES) SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ORDENANZA
Artículo 1: ACTUALIZAR los haberes que perciben el Intendente, Viceintendente, Secretarios, Directores, Coordinadores, personal planta permanente y contratados en un 25%, a realizarse con el haber correspondiente al presente mes de enero de 2024.-.
Artículo 2°: ACTUALIZAR en igual porcentaje las becas de los becarios de convenio del programa de ayuda social, inclusión e inserción laboral.
Articulo 3°: REFRENDARA la presente Ordenanza la Señora Secretaria Legislativa del Honorable Concejo Deliberante de Santo Tomé Corrientes.
Artículo 4°: COMUNIQUESE, Publíquese, Pase al D.E.M a sus efectos y oportunamente archívese.-

